IMPUESTO AL VALOR AGREGADO -> BASE IMPONIBLE -> EN GENERAL -> PRECIO NETO GRAVADO -> DEFINICION
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO -> BASE IMPONIBLE -> EN GENERAL -> PRECIO NETO GRAVADO -> ALCANCE
SECCIÓN: Impuesto al Valor Agregado
DESCRIPCIÓN: Legislación
NORMA: DECRETO
NÚMERO: 692/1998
23/06/2008
ARTÍCULO: 46
JURISDICCIÓN: Nacional
ORGANISMO: Poder Ejecutivo
FECHA: 11/06/1998
PROMULGACIÓN:
BOLETÍN: 17/06/1998
V. DESDE: 17/06/1998
V. HASTA: -
no encabezado
PRECIO NETO. DEFINICIÓN. ALCANCE
DEC-NAC-PE-692/1998-IAVA-46-011186-030324
I.I.V.A.LArt.46a
Art. 46 - La definición de precio neto que surge por aplicación de las disposiciones de la ley de impuesto al valor agregado y este reglamento, sólo tendrá efecto a los fines de la determinación del gravamen creado por la misma.
TEXTO S/DECRETO 692/98 - BO: 17/6/98 - TO: sin ordenamiento - FUENTE: D. 692/98, art. 1º, Anexo
VIGENCIA Y APLICACIÓN
Vigencia: 17/6/98
Aplicación: para los hechos imponibles que se configuren desde el 1/11/86 (vigencia de la L. 23349, s/D. 692/98, art. 3º)
01/11/1986
CORRELACIONES
- Base imponible: L. 10
JURISPRUDENCIA
- El IVA en el precio o costo de los bienes y locaciones. Incidencia del propio gravamen
DOCTRINA
Citas de Doctrina y Consultas DGI.
CONSULTAS DGI
Citas de Doctrina y Consultas DGI.
TEXTOS ANTERIORES
El texto anterior del artículo (art. 23) coincide con el actual
TEXTO S/DECRETO 2407/86 - BO: 12/2/87 - TO: sin ordenamiento (art. 23, s/D. 2407/86) - FUENTE: D. 2407/86, art. 1º
VIGENCIA Y APLICACIÓN
Vigencia: 21/2/87 - 16/6/98
Aplicación: para los hechos imponibles que se configuren desde el 1/11/86
I.I.V.A.LArt.46a.Ant47
El texto anterior del artículo decía:
Art. 14 - La definición del precio neto que surge por aplicación de las disposiciones de la ley de impuesto al valor agregado y su reglamentación, sólo tendrá efecto a los fines de la determinación del gravamen creado por la misma.
TEXTO S/DECRETO 2162/74 - BO: 13/1/75 - TO: 1979 (RSH 679/79 - BO: 23/8/79) antes sin ordenamiento, art. s/nº (13.1)(*) - FUENTE: D. 2762/74, art. 1º, pto. 3
VIGENCIA Y APLICACIÓN
Vigencia: 22/1/75 - 31/10/86
Aplicación: para los hechos imponibles que se configuren desde el 1/1/75 hasta el 31/10/86
Notas:
I.IVA.DR.Art.46.q*
[*]: Numerado por la Redacción
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