IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES -> ALICUOTAS -> ACCIONES Y PARTICIPACIONES SOCIALES -> PAGO UNICO Y DEFINITIVO -> RESPONSABLES SUSTITUTOS -> SOCIEDADES COMERCIALES -> PRESUNCION -> PERSONAS JURIDICAS DEL EXTERIOR
IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES -> SUJETOS -> RESPONSABLES SUSTITUTOS -> ACCIONES Y PARTICIPACIONES SOCIALES -> SOCIEDADES COMERCIALES
SECCIÓN: Impuesto sobre los Bienes Personales
DESCRIPCIÓN: Legislación
NORMA: DECRETO
NÚMERO: 127/1996
ARTÍCULO: 28.1
JURISDICCIÓN: Nacional
ORGANISMO: Poder Ejecutivo
FECHA: 09/02/1996
BOLETÍN: 16/02/1996
V. DESDE: 29/04/2003
V. HASTA: -
no encabezado
PAGO A CUENTA. SOCIEDADES DEL EXTERIOR(*)
DEC-NAC-PE-127/1996-ISLBP-28-010102-030324
I.BP.DR.Art.28.1
Art. 28.1 - (*) - Las personas físicas y sucesiones indivisas domiciliadas en el país que sean titulares o participen en el capital de cualquier tipo de persona ideal, ente o patrimonio de afectación, domiciliado, radicado o ubicado en el exterior, que a su vez participe en las sociedades o empresas a que se refieren los artículos incorporados a continuación del artículo 25 de la ley del tributo y del artículo 20 de esta reglamentación, podrán computar como pago a cuenta del impuesto que determinen la proporción del pagado por los bienes comprendidos en el régimen de liquidación e ingreso en concepto de pago único y definitivo establecido por los artículos mencionados, que corresponda a su participación en el capital de los titulares de dichos bienes en tanto acrediten fehacientemente su ingreso.
I.BP.DR.Art.28z
El pago a cuenta a que se refiere este artículo no será computable cuando resulten de aplicación las disposiciones del tercer párrafo del inciso incorporado a continuación del inciso c), del artículo 23 de la ley del gravamen.
I.BP.DR.Art.28.1.TS
TEXTO S/DECRETO 988/2003 - BO: 29/4/2003
T.O.: sin ordenamiento - FUENTE: D. 988/2003, art. 1, inc. f)
VIGENCIA Y APLICACIÓN
Vigencia: 29/4/2003
Aplicación: para la determinación y liquidación del impuesto desde el período fiscal 2002 (s/D. 988/2003, art. 2)
01/01/2002
I.BP.DR.Art.28.1.Corr
CORRELACIONES
- Valuación de los bienes situados en el exterior: L. 23
- Empresas que revisten el carácter de responsables sustitutos del ingreso del impuesto de sus titulares: L. 25.1(*)
Contiene Aplicación PrácticaAPLICACIÓN PRÁCTICA
Nota:
I.BP.DR.Art.28.1.q*
[*:] Titulado y numerado por la Redacción
IMPORTANCIA_JURISDICCION_0980
IMPORTANCIA060