IMPUESTO AL VALOR AGREGADO -> EXPORTACIONES -> EXPORTADORES -> DEFINICION
SECCIÓN: Impuesto al Valor Agregado
DESCRIPCIÓN: Legislación
NORMA: DECRETO
NÚMERO: 692/1998
23/06/2008
ARTÍCULO: 74
IMPORTANCIA160
JURISDICCIÓN: Nacional
ORGANISMO: Poder Ejecutivo
FECHA: 11/06/1998
PROMULGACIÓN:
BOLETÍN: 17/06/1998
V. DESDE: 17/06/1998
V. HASTA: -
no encabezado
VII - EXPORTADORES. RÉGIMEN ESPECIAL
EXPORTADOR(*)
DEC-NAC-PE-692/1998-IAVA-74-011186-030324
I.I.V.A.L.Art.74
Art. 74 - A los fines de lo previsto en el artículo 43 de la ley, se entenderá por exportador, a aquél por cuya cuenta se efectúa la exportación, se realice ésta a su nombre o a nombre de un tercero.
TEXTO S/DECRETO 692/98 - BO: 17/6/98 - TO: sin ordenamiento - FUENTE: D. 692/98, art. 1º, Anexo
VIGENCIA Y APLICACIÓN
Vigencia: 17/6/98
Aplicación: para los hechos imponibles que se configuren desde el 1/11/86 [vigencia de la L. 23349 (s/D. 692/98, art. 3º)]
01/11/1986
CORRELACIONES
- Consorcios. Cooperativas de exportación: L. 44; DR 78 a DR 87
- Exportaciones. Recupero del impuesto. Régimen: L. 43; DR 75; DR 76; RG(AFIP) 2000
- Exportaciones por cuenta y orden de terceros. Recupero del impuesto facturado. Requisitos, formalidades y condiciones: RG (AFIP) 150
- Por cuenta de terceros: R. (ANA) 1524/97
JURISPRUDENCIA
- Exportaciones. Crédito fiscal. Su recupero
DOCTRINA
Citas de Doctrina y Consultas DGI
CONSULTAS DGI
Citas de Doctrina y Consultas DGI.
TEXTOS ANTERIORES
El texto anterior del artículo (art. 62) coincide con el actual
TEXTO S/DECRETO 2407/86 - BO: 12/2/87 - TO: sin ordenamiento (art. 62 s/D. 2407/86) - FUENTE: D. 2407/86, art. 1º
VIGENCIA Y APLICACIÓN
Vigencia: 21/2/87 - 16/6/98
Aplicación: para los hechos imponibles que se configuren desde el 1/11/86
I.I.V.A.L.Art.74b
El texto anterior del artículo decía:
EXPORTADOR. EXPORTACIÓN
Art. 42 - A los fines previstos en el inciso f) del artículo 27 de la ley, se entenderá por:
a) Exportador: aquél por cuya cuenta se efectúa la exportación, se realice ésta a su nombre o a nombre de un tercero;
b) (1) ...................................................................................................................................................
TEXTO S/DECRETO 499/74 - BO: 20/8/74 - TO: 1979 [R. (SH) 679/79 - BO: 23/8/79] SIN ORDENAMIENTO - FUENTE: D. 499/74, ART. 40
VIGENCIA Y APLICACIÓN
Vigencia: 29/8/74 - 31/10/86
Aplicación: para los hechos imponibles que se configuren desde el 1/1/75 hasta el 31/10/86
Notas:
I.IVA.DR.Art.74.q*
[*]: Titulado por la Redacción
I.IVA.DR.Art.74.q1
[1:] La definición de "exportación" subsiste en el actual art. 41 del reglamento (s/D. 692/98) y 13 del reglamento anterior (s/D. 2407/86)
IMPORTANCIA_JURISDICCION_0980