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I.G.L.26545

26545 Vigencia del impuesto. Prórroga hasta el 31/12/2019. Derogación de la exención a los reintegros a la exportación

LEY 26545

Vigencia del impuesto. Prorrogado hasta el 31/12/2019. Inciso L) del artículo 20 de la ley del gravamen. Derogación de la exención a los reintegros a la exportación

SUMARIO: Se prorroga hasta el 31/12/2019 la vigencia del impuesto a las ganancias.
Por otra parte, se deja sin efecto la exención -hoy suspendida- a los reintegros a la exportación -art. 20, inc. l), de la ley del gravamen-.

JURISDICCIÓN:

Nacional

ORGANISMO:

Poder Legislativo

FECHA:

01/12/2009

BOL. OFICIAL:

02/12/2009

 

VIGENCIA DESDE:

 

02/12/2009

 

-
Legislación
03/12/2009
Impuesto a las Ganancias

 

 

 

 

 

Sancionada: 12 de noviembre de 2009

Promulgada de hecho: 1 de diciembre de 2009

 

 

TÍTULO II

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

LEY-NAC-PL-26545-IALG-2-010209-030324

I.G.L.26545.art.2

Art. 2 - Derógase el inciso l)(1) del artículo 20 de la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

LEY-NAC-PL-26545-IALG-3-010209-030324

Art. 3 - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive, la vigencia de la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

 

 

TÍTULO IX

VIGENCIA

LEY-NAC-PL-26545-IALG-10-010209-030324

Art. 10 - Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efectos:

 

 

b) Para lo establecido en el Título II -“Impuesto a las ganancias”-: para ejercicios fiscales que cierren a partir del 1 de enero de 2010, inclusive;

 

 

LEY-NAC-PL-26545-IALG-11-010209-030324

Art. 11 - De forma.

I.G.L.26545.TS

TEXTO S/LEY 26545 - BO: 2/12/2009

FUENTE: L. 26545

VIGENCIA Y APLICACIÓN

Vigencia: 2/12/2009

Aplicación: para los ejercicios fiscales que cierren a partir del 1/1/2010, inclusive

01/02/2009

I.G.L.26545.q.1

[1:] Incluye Fe de erratas (BO: 3/12/2009)

IMPORTANCIA_JURISDICCION_0980

IMPORTANCIA080